lunes, 15 de octubre de 2012

Proyecto de NOM 001 SEDE 2012

Que tal amigos:
En respuesta a las múltiples preguntas que me hacen acerca de la sustitución de la NOM 001 SEDE 2005 les comento lo siguiente:


Para finales de Noviembre 2012 deberá estarse publicando en el Diario Oficial de la Federación la nueva norma NOM 001 SEDE 2012 al terminarse  el plazo de 60 días de consulta pública del proyecto de norma correspondiente.


Si les interesa el proyecto de norma, usen las ligas que el ingeniero Jesús Hernández del Castillo preparó para descargarla:

 http://nom001sede2012.blogspot.mx/


Por lo pronto están invitados a participar en el curso que impartirá el ingeniero Santos Pablo Carbajal Quintana acá en Chihuahua relativo a los cambios en la norma NOM 001 SEDE,  artículos actualizados y claro su especialidad: Áreas clasificadas peligrosas. Como colaborador de la SENER en el anteproyecto de la NOM 001 SEDE 2012, aprovecharemos la oportunidad de preguntarle acerca de los cambios y novedades que trae la nueva Norma NOM 001 SEDE 2012.
 

ESTE CURSO LO ESTARÁ OFRECIENDO LA EMPRESA CAPTEC programado tentativamente para el 06 y 07 de Diciembre.   Vayan apartando su lugar.

El hotel CASA GRANDE será la sede y se ha conseguido precio especial para el evento.

 http://www.hcg.com.mx/es/casa-grande/chihuahua.html



Por otro lado, un grupo de 3 o más personas pertenecientes a empresas u organizaciones que paguen en una sola exhibición acceden a un 5% de descuento mencionando que lo vieron en este BLOG.

Algo del currículum del ingeniero Carbajal:


Ing. Santos Pablo Carbajal Quintana

Formación Profesional

·        Ingeniería Eléctrica
ESIME – IPN
·        Especialidad en Sistema de Utilización
ESIME – IPN
·        Especialidad en Clasificación de Áreas Peligrosas
PEMEX – Subdirección de Proyectos y Construcción de Obras - Gerencia de Ingeniería de Proyectos
·        Diplomado en Desarrollo Organizacional
·        Maestría en Administración – ESCA – IPN

Desempeño Profesional


·        Jubilado de Petróleos Mexicanos, 23 años en la Gerencia de Ingeniería de Proyectos (1970-1993).
·        Superintendente General de Servicios de Ingeniería PEMEX-SPCO-Gerencia de Ingeniería de Proyecto
·        Superintendente de Administración y Sistemas en PEMEX-SPCO-Gerencia de Ingeniería de Proyecto
·        Residente en Firmas de Ingeniería de PEMEX-SPCO-GIP
·        Ingeniero Electricista Especialista para proyectos y construcción PEMEX-SPCO-GIP
·        Consultor independiente de Ingeniería Eléctrica, en las áreas de Estudios, Proyectos e Instalaciones en Áreas Peligrosas clasificadas.
·        Perito en Instalaciones Eléctricas del Colegio de Ingenieros Mecánicos y Electricistas (CIME) -  No. de Registro 190/94 (1994-2007).
·        Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctricas UVSEIE 072-A
·        Unidad de Verificación de Eficiencia Energética en Sistemas de Alumbrado UVCONAE242
·        Actualmente Profesor del Curso Normalización en el POSGRADO de la UNAM en la Especialidad de Ingeniería Eléctrica, Normas en Ingeniería Eléctrica. Se imparte en la sede del Palacio Colegio de Minería
·        Instructor en cursos sobre la NOM-001-SEDE-2005 Instalaciones Eléctricas (Utilización)
·        Instructor en Cursos sobre Proyectos de Instalaciones con Áreas Peligrosas con base en la NFPA-RP-497, API-RP-500, NRF-036-PEMEX, IEC-60079-10
·        Instructor en Cursos sobre cambios en el NEC de las ediciones  2005  al  2008
·        Instructor en Cursos sobre las NOM-022 y 029 de la STPS
·        Instructor de Cursos sobre la Norma de Instalaciones eléctricas NOM-001-SEDE-2005 en el CIME, A.C.
·      Representante invitado de la Secretaría de Energía para la elaboración de la NOM de Minas Subterráneas de carbón que emitió la STPS

Actividades Gremiales


·     Representante Titular del CIME en el Comité de  Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (Bienios 2002-2004,  2004-2006,  2006-2008,  2008-2010 y 2010 -2012).
·        Vocal del XXX Consejo Directivo del CIME (Bienio 2004-2006) y del XXXII (Bienio 2008-2010)
·        Miembro del Comité Nacional Permanente de Peritos en Instalaciones Eléctricas del CIME
·        Miembro del Comité de Instalaciones Eléctricas de la AMIME
·        Coordinador del Grupo de UVIES en la AMIME
·        Representante Titular de la AMIME ante la Secretaría de Energía en el Comité Consultivo Nacional de Normas de Instalaciones Eléctricas (Bienio 2007-2009)
·        Miembro de la NFPA.

Saludos.. y espero verlos en el curso.


verificador195@prodigy.net.mx   (614) 417 87 77




viernes, 12 de octubre de 2012

CÁLCULO DE CIRCUITO SECUNDARIO DE TRANSFORMADOR

En esta ocasión, este artículo de esta quincena se inspira en la pregunta que me hace un seguidor del blog:

    
TENGO UN TRANSFORMADOR QUE ME PUEDE SUMINISTRAR 500 AMPERES A PLENA CARGA AL 100%   POR OBVIEDAD DEBO DE PROTEGERLO CON UN INTERRUPTOR A NO MAS DE 500 AMPERES   Y POR LÓGICA SELECCIONAR UN CONDUCTOR QUE PUEDA CONDUCIR LOS 500 AMPERES..   TODOS CONTENTOS.  

PREGUNTA:  

¿DEBO APLICAR EL 1.25 DE LA NORMA QUE ME PIDE QUE TODO CIRCUITO DEBE SE CAPAZ   DE TRANSPORTAR LA CORRIENTE DEMANDADA MÁS EL 1.25 DE LA CORRIENTE CONTINUA,   ASIMILANDO QUE TODO SEA CONTINUO?

Como dijo Jack el destripador....."vamos por partes":

En primer lugar, el transformador cuyo valor nominal secundario es de 500 amperes, puede ser protegido contra sobrecarga en el lado secundario por un interruptor automático máximo de 500 amperes x 1.25  = 625 amperes, siguiendo los lineamientos de la tabla 450-3 de la norma NOM 001 SEDE 2005. El interruptor automático de 500 Amperes es correcto en cuanto a proteger por sobrecarga al transformador. Aún cuando no permite su operación a 500 amperes por más de tres horas. BIEN en cuanto a seguridad.  MAL porque no lo deja operar.


En segundo lugar, si instala un conductor con  capacidad de manejar 500 Amperes, y tomando en cuenta lo que dice el artículo 220 sección 10b de la NOM, 


"Cargas continuas y no continuas. Cuando un alimentador suministre energía a cargas continuas o a una combinación de cargas continuas y no continuas, la capacidad nominal del dispositivo de protección contra sobrecorriente no debe ser menor que la carga no continua, más el 125% de la carga continua. El tamaño nominal mínimo de los conductores del alimentador, sin aplicar ningún factor de ajuste o corrección, debe permitir una capacidad de conducción de corriente igual o mayor que la de la carga no continua más el 125% de la carga continua"

A) la protección de 500 amperes es insuficiente para la corriente de 500 amperes en operación continua.
La curva de disparo típica del interruptor automático dice que al 100% de la corriente nominal éste operará después de 3 horas. Incumple la norma. MAL.
B) La capacidad del conductor debe ser de 500 x 1.25 = 625 amperes para poder instalarse en cumplimiento normativo con esa corriente por mas de tres horas, por lo que el conductor de 500 amperes está en inconformidad. MAL

Entonces la respuesta a la pregunta es SI..  Si se debe aplicar el factor 1.25 si la corriente demandada es de 500 amperios en operación continua.



En tercer lugar, el artículo 240-3 establece las especificaciones para que el conductor quede protegido contra sobrecorriente por el interruptor de 500 amperes.  Ahora si aplicando los factores de corrección correspondientes.
Como la capacidad de conducción de corriente y los factores de corrección varían según las canalizaciones, charolas, temperaturas ambientes y factores de relleno, en este punto no se puede evaluar el cumplimiento de la sección 240-3 y decir si el cableado queda protegido por el interruptor automático en caso de sobrecorriente.


Por cierto .. interruptor no es lo mismo que protección contra sobrecorriente,  ni sobrecarga es exactamente igual a sobrecorriente.


Si tienes dudas o inquietudes acerca de este u otros temas de instalaciones eléctricas, no dudes en contactarte. Estamos contentos de interactuar con los ingenieros dedicados a las instalaciones eléctricas. Nuestro departamento de ingeniería puede ayudarte.

arreguiningenieria@prodigy.net.mx    


lunes, 27 de agosto de 2012

Pasos para instalaciones eléctricas seguras en casas habitación


Hoy propondremos como eliminar las instalaciones eléctricas peligrosas, mal calculadas y de poca confiabilidad que tenemos en la mayoría de nuestras casas habitación en México.

Por lo pronto, este esquema esta diseñado para las casas sujetas a financiamientos y con programas impulsados por los gobiernos.

¿Como podemos lograr que las casas habitación de México cuenten con instalaciones eléctricas seguras, confiables y duraderas?

Paso número 1.-  
Los planos eléctricos deben ser desarrollados por un ingeniero electricista o electromecánico responsable del proyecto, titulado con cédula profesional en cumplimiento a las normas oficiales mexicanas aplicables (NOM 001 SEDE). Vigente en registro estatal de profesiones. Funciona muy bien un perito de algún colegio de ingenieros mecánicos electricistas

Paso número 2.- 
Los planos y especificaciones deben ser verificados, previos a la construcción, por una unidad de verificación de instalaciones eléctricas, que de acuerdo a la ley federal de metrología y normalización vigente son los únicos legalmente autorizados para verificar el cumplimiento de la NOM 001 SEDE.

Paso número 3.-
 No se debe autorizar ningún permiso de construcción municipal hasta que se presente el proyecto eléctrico cumpliendo los pasos 1 y 2.

Paso número 4.-
La unidad de verificación de instalaciones eléctricas debe visitar la obra durante la construcción para constatar las instalaciones que quedarán ocultas y corroborar el seguimiento del proyecto autorizado. En caso de incumplimientos hará los informes correspondientes.

Paso número 5.-
Si se hacen modificaciones al proyecto aprobado, el ingeniero responsable del proyecto debe recalcular y presentar una nueva versión, firmada, tanto en obras públicas como al verificador eléctrico.

Paso número 6.-
El verificador solo dictaminará cumplimiento normativo cuando la instalación esté 100% concluida y realmente la instalación este en conformidad con la norma. Las obras verificadas, que sean casas habitación estarán sujetas a auditorias periódicas aleatorias, por parte de gobierno del estado donde se ubiquen, y en caso de incumplimientos se establecerán sanciones al verificador y se obligará al constructor a subsanarlos. Las auditorias se harán a través de autoridad delegada a unidades de verificación aprobadas vigentes que no hayan participado.

Paso número 7.- 
Establecer un candado para que se cumpla el proceso. Por ejemplo; el organismo oficial que aprueba crédito, bancos, Infonavit, Institutos de vivienda, comisiones de vivienda estatales o cualquier otro, autorizará el crédito siempre y cuando el constructor muestre planos definitivos "como se construyó" sellados y firmados por el verificador eléctrico junto con el dictamen oficial correspondiente.

Paso número 8.- 
Candado adicional. Las compañías aseguradoras no asegurarán las casas hasta que no presenten el dictamen del verificador eléctrico.

Cualquier acción que hagamos en esta dirección hará mejores instalaciones que las actuales. Eso ni dudarlo.

Como toda propuesta inicial, esta propuesta pueden perfeccionarse, así que espero tus comentarios para enriquecer esta pequeña aportación.  Busquemos el "Como SÍ"

G.Arreguín C.   verificador195@prodigy.net.mx

miércoles, 15 de agosto de 2012

EMPALMES DE CONDUCTORES

En días pasados, me toca la suerte de verificar la instalación eléctrica de una gran residencia destinada para casa habitación, y digo suerte porque las casas habitación no son instalaciones que comúnmente verifique ya que no forman parte de los lugares de concentración pública y solo grandes residencias  tienen subestación con suministro eléctrico en alta tensión. Esto las exenta de que el suministrador (CFE) les solicite el dictamen de la unidad de verificación.





En el caso de esta residencia, decidieron instalar subestación. Ahora sí, el suministro es media tensión y requiere el dictamen de cumplimiento de la NOM 001 SEDE 2012 para elaborar el contrato con CFE.



El electricista de la obra tiene gran experiencia en construir instalaciones eléctricas en casas de lujo. Honestamente no fue sorpresa para mi, que desconociera la forma normativa de realizar empalmes de conductores.  ¿Su método? Empalme tipo "cola de rata" con cinta de vinilo como aislante. Típico ¿no?
   


Gran frustración es la que percibo ente contratistas y electricistas cuando les indico que la NOM 001 SEDE 2012 establece que los empalmes entre conductores deben hacerse de la siguiente forma:

110-14. Conexiones eléctricas...
b) Empalmes. 
Los conductores deben empalmarse con dispositivos adecuados según su uso o con soldadura de bronce, soldadura autógena, osoldadura con un metal de aleación fundible. Los empalmes soldados deben unirse primero, de forma que aseguren, antes de soldarse, una conexión firme, tanto mecánica como eléctrica (Véase 921- 24(b)). Los empalmes, uniones y extremos libres de los conductores deben cubrirse con un aislamiento equivalente al de los conductores o con un dispositivo aislante adecuado.
   

  




o bien usar soldadura de plomo - estaño en los empalmes de conductores fases y neutros












En el caso de los conductores de tierra, donde circulan corrientes en caso de fallas, la soldadura de estaño-plomo no es efectiva.  Ahí el artículo 250 de la NOM 001 SEDE establece que la unión debe hacerse por medio de soldadura exotérmica  o conector mecánico ya sea de compresión o atornillable.
  
   
Pero al parecer es el método de aprendizaje de los electricistas, a punta de "golpes", ya que son pocos los que asisten a escuelas formales de métodos de instalaciones eléctricas.  La mayoría aprenden como aprendices de otros electricistas y así se difunde el conocimiento.   


En fin.. poco a poco se va cambiando la cultura laboral del electricista... y ojalá algún día las autoridades municipales y estatales, a cargo de ingenieros civiles y arquitectos de todo el país presten atención en sus reglamentos locales a la seguridad en las instalaciones eléctricas y limiten los permisos de construcción hasta que se presente un proyecto previamente verificado.  Y los peritos responsables de obra se apoyen en ingenieros electricistas corresponsables  que verifiquen en base a la NOM 001 SEDE  todo aquello que no es concentración pública ni servicios de alta tensión.  Como su casa.... o la mía.

Si tienes comentarios acerca de este u otros temas de instalaciones eléctricas, no dudes en contactarte con nosotros.    verificador195@prodigy.net.mx    www.verificadorelectrico.com.mx

tu verificador de confianza... Guillermo Arreguín Carral UVSEIE 195.

jueves, 21 de junio de 2012

GROUNDING AND BONDING



Platicando con un buen amigo y compañero del Tecnológico de Chihuahua, salió a relucir el tema del inmenso desconocimiento de las funciones de los llamados “sistemas de tierras”. Sucedió en un curso de reconocida empresa vendedora de equipo de automatización, durante un curso, el instructor mencionaba que los motores no debían conectarse a la misma barra de tierras que los controladores variadores de frecuencia “drives” porque las sobretensiones o “picos de tensión” “subían” desde la barra a los equipos electrónicos y los quemaban. Llegó a sugerir instalar diodos para evitar ese flujo maligno de energía. No es el primero ni será el último que sugiera dichas “innovaciones”

   

Esto es el día a día en instalaciones industriales y comerciales donde se conjugan equipos eléctricos con equipos electrónicos, y la polémica parece no terminar.


Yo recomiendo antes de opinar, y dejando el ego a un lado, que seamos humildes y empecemos a estudiar este tema desde el principio… Pero, ¿cuál es el principio?

Sugiero empezar con la nota 1 del artículo 250 de la norma NOM 001 SEDE 2005 que dice:
 
NOTA 1: Los sistemas y los conductores de circuito son puestos a tierra para limitar las sobretensiones eléctricas debidas a descargas atmosféricas, transitorios en la red o contacto accidental con líneas de alta tensión, y para estabilizar la tensión eléctrica a tierra durante su funcionamiento normal.
En esta parte, aprendemos que un conductor de los sistemas eléctricos, normalmente el neutro, se conecta intencionalmente a la tierra, por ese camino bajará la energía de las sobretensiones a tierra, ahora el neutro se llama “puesto a tierra”  y lo identificaremos con color blanco o gris.
Esta acción en México se llama PUESTA A TIERRA, en Norteamérica “Grounding”.
  

El segundo párrafo de la nota 1 dice:
Los conductores de puesta a tierra del equipo se unen al conductor puesto a tierra del sistema para que ofrezcan un camino de baja impedancia para las corrientes eléctricas de falla, y que faciliten el funcionamiento de los dispositivos de protección contra sobrecorriente en caso de falla a tierra.
Esto se logra entonces colocando un conductor, verde o desnudo, desde el puente de unión neutro-tierra  hasta los equipos y canalizaciones. En caso de falla de aislamiento la corriente de falla viaja por este conductor hasta el neutro y cierra circuito con rápida operación de los fusibles o protecciones. Irónicamente esto en México lo llamamos “conductor de tierra” aún cuando la corriente de falla no viaja hacia la tierra. Esto en norteaméríca se llama “Bonding” o en europa “Conductor de seguridad”.
Para continuar el aprendizaje: la NOM también tiene la nota 2 que dice:

NOTA 2: Los materiales conductores que rodean a conductores o equipo eléctricos o que forman parte de dicho equipo, son puestos a tierra para limitar la tensión a tierra de esos materiales y para facilitar el funcionamiento de los dispositivos de protección contra sobrecorriente en caso de falla a tierra. Véase 110-10.
Aquí es donde llega la confusión.  Poner a tierra los gabinetes metálicos de los equipos para salvar a las personas de electrocución y hacer que disparen las protecciones no funciona clavando varillas en el terreno. Ya que esto representa alta impedancia y las protecciones no operan!


 Hay que seguir la recomendación del segundo párrafo de la nota 1.  
Los conductores de puesta a tierra del equipo se unen al conductor puesto a tierra del sistema para que ofrezcan un camino de baja impedancia para las corrientes eléctricas de falla, y que faciliten el funcionamiento de los dispositivos de protección contra sobrecorriente en caso de falla a tierra

Como mencionamos anteriormente, lamentablemente en México le seguimos llamando “conductor de tierra”, generando confusión en su forma de instalación.

En conclusión:

 “Grounding” es la acción que tiene como objetivo que las sobretensiones viajen en forma segura hacia la tierra, instalando “pozos de tierra” u otros métodos para aterrizar. Esto ayuda a proteger principalmente a los equipos conectados a las instalaciones eléctricas.

“Bonding” es la acción de unir con un conductor los gabinetes y tubos metálicos de las instalaciones con el puente de unión neutro-tierra, para que en caso que fallen los aislantes de los conductores “vivos” las personas no se electrocuten al tocar las partes metálicas de equipos y canalizaciones.

En próximos artículos hablaré de los errores más comunes al hacer estas conexiones.

Si tienes inquietud acerca de este u otro tema relacionado a las instalaciones eléctricas, no dudes en contactarte con nosotros.

Guillermo Arreguín Carral

Unidad de verificación en materia de instalaciones eléctricas y uso eficiente de la energía. Registro UVSEIE-195-A
52 -614- 4178777 

lunes, 14 de mayo de 2012

¿POR QUE HAY QUE VERIFICAR LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN LAS CASAS HABITACIÓN?


Hace algún tiempo, un amigo contratista me pidió que le verificara la instalación eléctrica de un cliente suyo ya que al instalar el sistema de alarmas y control automático de iluminación se encontró un caos en las instalaciones.  Cables del mismo color en todos lados, cajas atiborradas de cables, nula identificación de circuitos,  al abrir la cochera eléctrica se apagaba la televisión, el sistema de ducha con vapor no podía operarse ya que se disparaba la protección general de toda la casa,  palmeras con luces que daban “toques”, y en fin, una serie de irregularidades.
El arquitecto y el electricista que construyeron la casa se ocultaban prácticamente del dueño, tipo influyente y de estilo mafioso, el cual enfurecido deseaba desquitarse de su frustración.
 

Las leyes actuales en México permiten que cualquier persona realice instalaciones eléctricas domésticas sin necesidad de tener estudios y habilidades certificadas.
 
La mano de obra que hace estas instalaciones generalmente aprende “viendo”, no tiene estudios formales de electricidad y definitivamente jamás ha escuchado que existen normas.

Las autoridades municipales pueden tener reglamentos de construcción muy completos en el aspecto arquitectónico y de construcción civil, pero extremadamente deficiente en el área de instalaciones. ¿El resultado?  Casas con drenajes inadecuados, inundaciones, fugas,  mala presión de agua, fallas en la tensión eléctrica, cortocircuitos y daños a los equipos electrónicos.

Lo que se construye poco tiene que ver con el proyecto. Y en materia de instalaciones, pocos reglamentos de construcción en el país incluyen a expertos corresponsables en materia de instalaciones.

El resultado son instalaciones eléctricas inoperantes, riesgosas y poco confiables,  de difícil mantenimiento y duración es limitada ya que los cables y equipos se degradan rápidamente por las sobrecargas.

La propuesta de solución a esta problemática no es nada del otro mundo.  Ya se hace en otros países: Educación, certificación y verificación.  Cada electricista debe estudiar instalaciones eléctricas en forma formal y oficial con programas actualizados.
 
·        Cada instalación eléctrica  debe estar diseñada por ingenieros eléctricos o electromecánicos con título y cédula profesional.  Los planos y memorias de cálculo deben estar firmadas, asumiendo su responsabilidad.

·        El gobierno municipal o estatal debe establecer un programa de certificación de electricistas para que puedan operar en su región de influencia.
·        El gobierno debe establecer leyes muy claras que identifiquen y castiguen a personas que hagan instalaciones sin estar certificados.
·        El gobierno debe establecer un programa de actualización y recertificación periódica para profesionistas y electricistas que permitan adaptarse a los avances tecnológicos.
·        Debe crearse la figura del inspector eléctrico, corresponsable de instalaciones o unidad de verificación de instalaciones eléctricas, para corroborar el cumplimiento de las normas aplicables.
·        El gobierno municipal o estatal debe solicitar el dictamen de cumplimiento normativo en instalaciones para otorgar permisos de construcción y la CFE solicitar el dictamen del inspector – verificador para poder otorgar el contrato de energía eléctrica.

Las ideas aquí plasmadas, espero sean semillas que germinen, a corto o largo plazo, conduciendo a un avance en la profesionalización de la industria de la construcción en materia de instalaciones.

Espero que tú que lees este artículo entiendas el beneficio y me apoyes en difundir lo aquí expuesto.

Recuerda que el usuario de la vivienda tendrá la confianza que su instalación eléctrica no ocasionará accidentes.
Si tienes inquietud acerca del estado de la instalación eléctrica de tu vivienda, tenemos planes económicos especiales para diagnosticar y en su caso certificar la seguridad de la instalación. No dudes en contactarte con nosotros.
Guillermo Arreguín Carral
Unidad de verificación Registro UVSEIE-195-A
614 4178777