El tema que trataremos será el artículo 28 de la Ley del servicio público de la energía eléctrica que establece que los lugares de concentración pública requerirán evidenciar cumplimiento con la NOM 001 SEDE 2005 y demás que le apliquen para poder establecer el nuevo contrato de energía eléctrica con CFE.
Actualmente CFE otorga estos contratos via telefónica sin requerir el requisito establecido por la ley.
G. Arreguin
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